Artículo 80 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios denominado "Del Catastro"
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que los peritos o valuadores de propiedades registrados en el Estado de México pueden cometer faltas al hacer avalúos catastrales. Por ejemplo, si actúan de manera descuidada, a propósito o con mala fe al tramitar las solicitudes, o si retrasan los procesos para emitir los avalúos. También es falta si no dejan que los inspectores del IGECEM (la oficina de catastro) revisen la información, o si no entregan a tiempo las copias de los avalúos y documentos. Otras faltas son hacer avalúos con datos equivocados o incompletos, usar el papel oficial del IGECEM para otros fines, o divulgar información que debe ser confidencial.
Texto oficial
Artículo 80.- Son infracciones a cargo de los especialistas en valuación inmobiliaria registrados, que con ese carácter realicen avalúos catastrales en el territorio del Estado de México: I. Actuar con negligencia, dolo o mala fe en la sustanciación de las solicitudes para obtener avalúos catastrales. II. Entorpecer los procedimientos para la emisión de avalúos catastrales en el territorio del estado. III. Impedir el acceso a la información que deba recabar o verificar el personal oficial del IGECEM. IV. Negar u omitir la entrega al IGECEM de las copias de avalúos, datos, informes o documentos, dentro del plazo establecido en este Reglamento. V. Emitir avalúos catastrales sin ajustarse a las políticas, normas, formatos, papelería, metodología y procedimientos establecidos en el presente Reglamento. VI. Emitir avalúos catastrales con datos equivocados, incompletos o incongruentes. VII. Emitir un avalúo con alteraciones, omisiones o deficiencias y su resultado presenta notables diferencias respecto al valor base obtenido en las revisiones realizadas por el IGECEM o el catastro municipal. VIII. Divulgar información confidencial o reservada en términos del LIGECEM. IX. Utilizar las formas valoradas de papel seguridad con logotipo oficial del IGECEM para imprimir estudios o información diferentes a los avalúos catastrales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.