Artículo 10 del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tú presentas un trámite relacionado con transporte, la autoridad tiene máximo 30 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) para darte una respuesta. La dependencia de transporte es la encargada de procesar tu solicitud y debe hacer todo lo posible para que no te retrasen. Así buscan que puedas ejercer tus derechos sin trabas.
Texto oficial
ARTICULO 10.- Respecto de las materias reguladas en este Reglamento, las instancias que cursen los particulares, deberán ser contestadas dentro de los treinta días hábiles que sigan a su presentación. La autoridad de transporte será responsable de su tramitación y adoptará las medidas oportunas para evitar todo retraso al ejercicio pleno del derecho de los interesados.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.