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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl118/10
Ley
Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México
Artículo
10

Artículo 10 del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tú presentas un trámite relacionado con transporte, la autoridad tiene máximo 30 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) para darte una respuesta. La dependencia de transporte es la encargada de procesar tu solicitud y debe hacer todo lo posible para que no te retrasen. Así buscan que puedas ejercer tus derechos sin trabas.

Texto oficial

ARTICULO 10.- Respecto de las materias reguladas en este Reglamento, las instancias que cursen los particulares, deberán ser contestadas dentro de los treinta días hábiles que sigan a su presentación. La autoridad de transporte será responsable de su tramitación y adoptará las medidas oportunas para evitar todo retraso al ejercicio pleno del derecho de los interesados.

Ver texto oficial del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.