Artículo 12 del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 12 dice que el servicio de transporte público puede ser de dos tipos. El servicio regular es el que sigue rutas fijas que la autoridad de transporte determina, como los camiones o metrobuses que siempre pasan por las mismas calles. El servicio discrecional es el que no tiene rutas fijas, como un taxi o un Uber, que te lleva por donde le pidas. Ambos tipos necesitan un permiso o concesión del gobierno para operar.
Texto oficial
ARTICULO 12.- El servicio público de transporte a que se refiere el Código podrá ser regular o discrecional, entendiéndose por regular el que se encuentra sujeto a concesión o permiso con rutas fijas determinadas por la autoridad de transporte y discrecional el sujeto a concesión o permiso sin rutas fijas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.