Artículo 140 del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando te clausuran un negocio, la autoridad debe hacer la clausura al mismo tiempo que inicia el proceso legal en tu contra. Esto significa que no esperan a terminar todo el papeleo para cerrarte el local. Además, la clausura no te libra de otras multas o castigos que te puedan poner por la falta que cometiste. O sea, te cierran el negocio y aparte te pueden sancionar con todo lo que la ley permita.
Texto oficial
ARTICULO 140.- Toda clausura se impondrá simultáneamente con la instauración del procedimiento administrativo correspondiente y sin perjuicio de las sanciones que correspondan a la infracción en que se hubiera incurrido
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.