Artículo 142 del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si pones un anuncio en la vía pública relacionado con el transporte, las autoridades pueden ordenarte que lo quites como medida de seguridad. Tendrás que dejarlo retirado hasta que hagas los trabajos o ajustes que ellos te pidan, según las reglas técnicas del transporte. Esto no es un castigo, sino una forma de prevenir riesgos mientras cumples con lo que te ordenaron. Solo podrás volver a poner el anuncio cuando termines todo lo que te exigieron.
Texto oficial
ARTICULO 142.- El retiro de anuncios se impondrá como medida de seguridad y subsistirá durante el tiempo que sea necesario para que el permisionario lleve a cabo los trabajos que se ordenaren por la autoridad de transporte en términos de la norma técnica.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.