Artículo 15 del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 15 dice que para que alguien pueda dar servicio de transporte de pasajeros, necesita un permiso especial llamado "concesión" que otorga el gobierno. Ese permiso aplica a distintas formas de andar en transporte, como el colectivo (combis o camiones con ruta fija), el mixto (que lleva pasajeros y carga), el masivo (como el metro o metrobús) y el individual (taxis o aplicaciones como Uber). En pocas palabras, si quieres manejar un vehículo para llevar gente, debes tener este permiso según el tipo de servicio que des.
Texto oficial
ARTICULO 15.- Será objeto de concesión el servicio público de transporte de pasaje en las modalidades siguientes: colectivo, mixto, masivo e individual.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.