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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl118/4
Ley
Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México
Artículo
4

Artículo 4 del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno del estado, por medio de una dependencia llamada “la Secretaría”, es el único que puede decidir cómo se entiende y cómo se aplica este reglamento. También es su obligación asegurarse de que todas las personas y empresas cumplan con lo que dice aquí. En pocas palabras, si tienes dudas sobre este reglamento, tienes que acudir a la Secretaría para que te explique o resuelva. Y si alguien no lo respeta, esa misma dependencia se encargará de supervisarlo y tomar cartas en el asunto.

Texto oficial

ARTICULO 4.- Corresponde al Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría, la interpretación y aplicación del presente Reglamento, así como la vigilancia de su debida observancia.

Ver texto oficial del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.