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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl118/53
Ley
Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México
Artículo
53

Artículo 53 del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autorizaciones solo son válidas mientras duren las concesiones o permisos a los que están ligadas. Si se vence o cancela la concesión o el permiso, la autorización también se termina. Es como cuando te dan permiso para manejar un taxi; si pierdes la concesión del taxi, también pierdes ese permiso especial. Todo está conectado: no puedes tener una autorización si el permiso principal ya no existe.

Texto oficial

ARTICULO 53.- La vigencia de las autorizaciones queda sujeta a la vigencia de las concesiones y permisos que complementen. CAPITULO V DE LOS SEGUROS DE RESPONSABILIDAD

Ver texto oficial del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México (pág. 20) ↗

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