Artículo 54 del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un siniestro, según este artículo, es cualquier accidente o incidente que pase cuando se están usando servicios que tienen permiso del gobierno (como un taxi o un camión), y que cause daños a los pasajeros o a otras personas que no estén usando ese servicio. En pocas palabras, si un choque o problema pasa por culpa de cómo se maneja ese servicio, y alguien sale lastimado, eso cuenta como siniestro.
Texto oficial
ARTICULO 54.- Para efectos de este Reglamento se entiende por siniestro, todo evento derivado de la operación de servicios concesionados o permisionados y de la que resulten daños a usuarios de los mismos o terceros no usuarios.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.