Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl118/70
- Ley
- Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México
- Artículo
- 70
Artículo 70 del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si mucha gente pide un servicio, como internet o telefonía, el gobierno puede ajustar las frecuencias para que funcione mejor. Y si la demanda baja, también se pueden hacer cambios. O sea, las frecuencias se modifican según cuánta gente las esté usando.
Texto oficial
ARTICULO 70.- Son causas de modificación de las frecuencias, la mayor o menor intensidad de demanda de los servicios de que se trate.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.