Artículo 78 del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un servicio de transporte opera con el sistema de enrolamiento (que es como un permiso para que un vehículo preste servicio), los boletos o tickets deben ser entregados por el dueño de la concesión del vehículo. En esos boletos tiene que aparecer el nombre completo de la empresa o persona responsable, y también el número de autorización del enrolamiento. Esto es para que quede claro quién está dando el servicio y que todo esté en orden.
Texto oficial
ARTICULO 78.- Cuando el servicio se opere bajo el sistema de enrolamiento, los boletos serán expedidos por el titular de la concesión del vehículo, expresando su razón social completa y el número de autorización de enrolamiento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.