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Artículo 31 del Reglamento General de Servicios Educativos Incorporados del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando los papás, tutores o los mismos alumnos no tengan dinero para pagar la escuela por problemas económicos muy graves, la escuela privada está obligada a dejarlos entrar al plantel y a presentar sus exámenes para que no pierdan su educación. Esto aplica solo en casos extraordinarios, no por cualquier falta de pago.

Texto oficial

Artículo 31.- En situaciones extraordinarias de imposibilidad económica de los padres, tutores o alumnos, para cubrir el pago del servicio educativo, los particulares están obligados a permitir el acceso al plantel y a permitir la presentación de sus exámenes, a fin de asegurar su educación. CAPÍTULO SEXTO INSPECCIÓN Y VIGILANCIA EN LA OPERACIÓN DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.