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Ley
Reglamento General de Servicios Educativos Incorporados del Estado de México
Artículo
31

Artículo 31 del Reglamento General de Servicios Educativos Incorporados del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando los papás, tutores o los mismos alumnos no tengan dinero para pagar la escuela por problemas económicos muy graves, la escuela privada está obligada a dejarlos entrar al plantel y a presentar sus exámenes para que no pierdan su educación. Esto aplica solo en casos extraordinarios, no por cualquier falta de pago.

Texto oficial

Artículo 31.- En situaciones extraordinarias de imposibilidad económica de los padres, tutores o alumnos, para cubrir el pago del servicio educativo, los particulares están obligados a permitir el acceso al plantel y a permitir la presentación de sus exámenes, a fin de asegurar su educación. CAPÍTULO SEXTO INSPECCIÓN Y VIGILANCIA EN LA OPERACIÓN DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS

Ver texto oficial del Reglamento General de Servicios Educativos Incorporados del Estado de México (pág. 15) ↗

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