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Artículo 35 del Reglamento General de Servicios Educativos Incorporados del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Autoridad Educativa (como la SEP o la Secretaría de Educación de tu estado) puede ir a las escuelas o lugares donde se den clases para revisar que todo esté en orden y se cumplan las leyes. Si encuentran algo mal, como un error o una falta, pueden aplicar multas o castigos según lo que marque la ley. Es como una visita de inspección para asegurarse de que todo funcione bien.

Texto oficial

Artículo 35.- La Autoridad Educativa competente podrá realizar las visitas de supervisión que considere convenientes a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas aplicables y en caso de resultar alguna infracción imponer las sanciones correspondientes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.