- Ley
- Reglamento General de Servicios Educativos Incorporados del Estado de México
- Artículo
- 38
Artículo 38 del Reglamento General de Servicios Educativos Incorporados del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si cometes la misma falta otra vez (reincidencia), la autoridad puede duplicarte la multa o incluso quitarte el permiso para operar (revocación de autorización o retiro del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios). Esto aplica para escuelas o servicios educativos. La decisión depende de la gravedad de la situación.
Texto oficial
Artículo 38.- En caso de reincidencia podrá duplicarse el monto de las multas o aplicarse la REGLAMENTO GENERAL DE SERVICIOS EDUCATIVOS INCORPORADOS DEL ESTADO DE MÉXICO 16 revocación de Autorización o Retiro de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.