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Artículo 42 del Reglamento General de Servicios Educativos Incorporados del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para poner una multa, las autoridades tomarán en cuenta qué tan grave fue la falta que cometiste. También revisarán si tienes antecedentes de haber infringido antes, y tu situación económica para que la sanción no te sea imposible de pagar. Si ya habías incumplido antes, eso te puede salir más caro. Por último, verán cuánto dinero ganaste o cuánto daño causaste con tu incumplimiento.

Texto oficial

Artículo 42.- Para determinar la sanción económica se considerarán las circunstancias siguientes: I. La gravedad de la infracción en que se incurra; II. Los antecedentes del infractor; III. Las condiciones socioeconómicas del infractor; IV. La reincidencia en el incumplimiento de obligaciones, en su caso; y V. El monto del beneficio, daño o perjuicio económico derivado del incumplimiento de obligaciones si lo hubiera.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.