Artículo 26 del Reglamento de Construcción de Inmuebles en Condominio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las reglas para construir dentro de un conjunto de casas (condominio horizontal) deben ser aprobadas por la Dirección de Comunicaciones y Obras Públicas. Ahí tienen que decir bien claro qué tipo de construcciones se pueden hacer y cómo deben ser. También deben incluir detalles sobre cómo se ven, su diseño y las medidas de seguridad. En pocas palabras, no puedes construir lo que quieras sin antes checar que cumplan con lo que diga ese reglamento.
Texto oficial
Artículo 26.- Los reglamentos de construcción internos de los condominios horizontales serán aprobados por la Dirección de Comunicaciones y Obras Públicas, y deberán especificar el tipo y características de las construcciones que pueden realizar en ellos, así como los datos de composición arquitectónicos, estética y de seguridad relativos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.