Artículo 4 del Reglamento de Construcción de Inmuebles en Condominio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Los condominios son edificios o conjuntos de casas que pueden ser de tres tipos. Los verticales son edificios con varios pisos, como las torres de departamentos. Los horizontales son conjuntos de casas o locales en un solo nivel, como un fraccionamiento. Y los mixtos combinan ambos tipos, por ejemplo, un edificio con locales abajo y casas alrededor.
Texto oficial
Artículo 4.- Los condominios pueden tener las siguientes modalidades: Verticales, horizontales y mixtos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.