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Artículo 5 del Reglamento de Construcción de Inmuebles en Condominio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para hacer un edificio de departamentos o un conjunto de casas donde cada quien es dueño de su espacio (lo que se llama "régimen de condominio"), necesitas primero un permiso del gobierno. Lo mismo aplica si ya tienes una construcción y quieres ampliarla o convertirla en condominio. Ese permiso se llama "licencia de autorización" y lo tienes que pedir antes de empezar cualquier obra. Sin ese documento, no puedes hacer los cambios ni empezar a vender las unidades.

Texto oficial

Artículo 5.- Las construcciones en condominio, la ampliación de ellas, y el cambio de construcciones ya realizadas a este régimen de propiedad, estará sujeto a previa licencia de autorización.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.