Artículo 34 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Derecho de Vía de Carreteras Estatales y Zonas Laterales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En las intersecciones, desviaciones, puentes elevados y túneles para cruzar, las entradas y salidas de las calles deben construirse a más de 100 metros de distancia. Si hay una curva cerrada, la distancia mínima aumenta a 150 metros. Esto es para evitar accidentes y que los carros tengan espacio suficiente para maniobrar con seguridad. En pocas palabras, no puedes poner una entrada o salida muy cerca de estos puntos peligrosos.
Texto oficial
Artículo 34.- En la zona de cruceros, entronques de caminos, pasos superiores y pasos inferiores, las obras relativas de accesos deberán establecerse fuera de un radio de 100 metros, y en zonas de curvas a 150 metros de éstas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.