Artículo 52 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Derecho de Vía de Carreteras Estatales y Zonas Laterales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no pagas la multa a tiempo, la Junta puede pedir ayuda a las autoridades fiscales del estado para cobrarla a la fuerza. Eso significa que van a usar un proceso legal para quitarte dinero de tus cuentas o embargarte bienes hasta cubrir lo que debes. Es como cuando el SAT te cobra una deuda, pero aquí lo hace la autoridad del trabajo. El chiste es pagar antes de que lleguen a ese punto, porque luego sale más caro. Así que si te multan, mejor págala pronto para evitar problemas.
Texto oficial
Artículo 52.- Transcurrido el plazo a que se refiere el artículo anterior, sin que el interesado haya cubierto la multa, la Junta podrá solicitar la intervención de las autoridades fiscales del Estado, para hacerla efectiva a través del procedimiento administrativo de ejecución.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.