Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl306/11
Ley
Reglamento para el Otorgamiento del Beneficio de Libertad Condicionada al Sistema de Localización y Rastreo para el Estado de México
Artículo
11

Artículo 11 del Reglamento para el Otorgamiento del Beneficio de Libertad Condicionada al Sistema de Localización y Rastreo para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que hay personas que no pueden recibir el beneficio de usar un brazalete o dispositivo electrónico para cumplir su sentencia fuera de la cárcel. Eso aplica solo para quienes fueron condenados por delitos muy graves, como secuestro, homicidio con violencia o que sea muy severo, violación, o robo que se considere grave. Básicamente, si cometiste uno de esos delitos, la ley no te deja salir bajo vigilancia electrónica, y tienes que cumplir tu condena en prisión.

Texto oficial

Artículo 11.- No podrán gozar del beneficio de la Libertad Condicionada al Sistema de Localización y Rastreo, las personas que hayan sido sentenciadas por los delitos de secuestro, homicidio doloso con modificativas que lo califiquen o lo agraven, violación y robo que se califique como grave. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 28 de mayo de 2008. Última reforma POGG Sin reforma

Ver texto oficial del Reglamento para el Otorgamiento del Beneficio de Libertad Condicionada al Sistema de Localización y Rastreo para el Estado de México (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.