Artículo 11 del Reglamento para el Otorgamiento del Beneficio de Libertad Condicionada al Sistema de Localización y Rastreo para el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que hay personas que no pueden recibir el beneficio de usar un brazalete o dispositivo electrónico para cumplir su sentencia fuera de la cárcel. Eso aplica solo para quienes fueron condenados por delitos muy graves, como secuestro, homicidio con violencia o que sea muy severo, violación, o robo que se considere grave. Básicamente, si cometiste uno de esos delitos, la ley no te deja salir bajo vigilancia electrónica, y tienes que cumplir tu condena en prisión.
Texto oficial
Artículo 11.- No podrán gozar del beneficio de la Libertad Condicionada al Sistema de Localización y Rastreo, las personas que hayan sido sentenciadas por los delitos de secuestro, homicidio doloso con modificativas que lo califiquen o lo agraven, violación y robo que se califique como grave. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 28 de mayo de 2008. Última reforma POGG Sin reforma
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.