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Ley
Reglamento para el Otorgamiento del Beneficio de Libertad Condicionada al Sistema de Localización y Rastreo para el Estado de México
Artículo
12

Artículo 12 del Reglamento para el Otorgamiento del Beneficio de Libertad Condicionada al Sistema de Localización y Rastreo para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que te den la libertad condicionada usando un brazalete de localización, el proceso puede empezar por sí solo en el juzgado o si tú, como interno, mandas una solicitud por escrito. Nadie más puede pedirlo por ti, solo las autoridades o tú mismo. Esto aplica cuando ya estás cerca de cumplir los requisitos para salir de prisión con ese aparato de rastreo. Básicamente, no necesitas que nadie más te avale, tú mismo puedes dar el primer paso.

Texto oficial

Artículo 12.- El procedimiento para otorgar el beneficio de la Libertad Condicionada al Sistema de Localización y Rastreo, se iniciará de oficio o a petición por escrito del interno.

Ver texto oficial del Reglamento para el Otorgamiento del Beneficio de Libertad Condicionada al Sistema de Localización y Rastreo para el Estado de México (pág. 6) ↗

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