Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 19 del Reglamento para el Otorgamiento del Beneficio de Libertad Condicionada al Sistema de Localización y Rastreo para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El juez puede pedir cualquier informe, peritaje o prueba que le parezca útil para resolver mejor el caso, y lo puede hacer en cualquier momento, siempre y cuando no haya dado ya su fallo final. Esto significa que si el juez necesita más información o documentos para aclarar dudas, tiene la libertad de solicitarlos aunque las partes no se los hayan proporcionado. Todo esto es para que su decisión sea lo más justa y completa posible.

Texto oficial

Artículo 19.- El Juez en todo momento, hasta antes de dictar la resolución que corresponda, podrá solicitar todos aquellos informes, dictámenes o elementos de convicción que estime convenientes, y que sean necesarios para la mejor solución del asunto de que se trate. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 28 de mayo de 2008. Última reforma POGG Sin reforma

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.