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Artículo 24 del Reglamento de Coordinación y Participación Catastral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El IGECEM es el instituto que maneja la información geográfica y estadística del Estado de México, y los titulares del Catastro Municipal son los encargados de los registros de propiedades en cada municipio. Ambos, cada quien dentro de lo que les toca, van a crear herramientas y formas de trabajo para mejorar cómo se lleva el catastro en el Estado de México. Todo esto lo harán sin meterse con la libertad que tienen los municipios para tomar sus propias decisiones, respetando lo que dice la Constitución. En pocas palabras, buscan que el sistema de registro de terrenos y casas funcione mejor, pero sin quitarle poder a los municipios.

Texto oficial

Artículo 24.- El IGECEM y los titulares del Catastro Municipal, en el ámbito de sus respectivas competencias, impulsarán mecanismos, medios e instrumentos que permitan fortalecer la actividad catastral en la entidad, respetando los principios que rigen la autonomía de los municipios y sus atribuciones constitucionales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

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