- Ley
- Reglamento de Coordinación y Participación Catastral del Estado de México
- Artículo
- 25
Artículo 25 del Reglamento de Coordinación y Participación Catastral del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los gobiernos municipales (ayuntamientos) pueden hacer acuerdos con el gobierno del estado (Ejecutivo del Estado) para trabajar juntos en programas, proyectos y acciones relacionados con el tema de esta ley. Estos convenios sirven para coordinar esfuerzos entre ambos niveles de gobierno.
Texto oficial
Artículo 25.- Los ayuntamientos de la entidad podrán celebrar convenios de coordinación con el Ejecutivo del Estado, para ejecutar programas, proyectos y acciones en la materia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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