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Ley
Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México
Artículo
12

Artículo 12 del Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El presidente y la secretaria ejecutiva del Sistema Estatal son los que deciden cómo van a trabajar y operar las Comisiones. Ellos ponen las reglas y definen cómo deben funcionar. Esto quiere decir que no hay un manual fijo, sino que ellos determinan la manera de hacer las cosas cada vez.

Texto oficial

ARTICULO 12.- La operación y funcionamiento de las Comisiones, serán definidos por el Presidente y Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal. CAPÍTULO II DE LA PREVENCIÓN

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México (pág. 5) ↗

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