Artículo 43 del Reglamento para otorgar Concesiones del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que el gobierno acepte tu propuesta de obtener una concesión (un permiso para usar o manejar algo del Estado, como una carretera o un servicio), tienes que incluir en tu solicitud varios puntos importantes. Primero, debes explicar para qué sirve, cuál es su propósito y por qué es necesaria. Luego, tienes que mostrar cuánta gente lo va a usar, qué impacto económico y social tendrá en la zona, y si el proyecto es rentable. También necesitas presentar un cálculo de cuánto vas a invertir, cómo lo vas a pagar y cómo piensas recuperar tu dinero; además, debes demostrar que el proyecto beneficie a la población del Estado y declarar que el gobierno no va a terminar debiendo dinero por esto. Por último, si presentas tu propuesta con todo esto, el gobierno no puede dar por aprobado tu trámite solo porque no te responda a tiempo (eso es la "afirmativa ficta").
Texto oficial
Artículo 43. Para efectos de la fracción IV inciso c), del artículo anterior, la propuesta del particular será considerada siempre y cuando contenga al menos los siguientes elementos: I. Viabilidad, finalidad y justificación del objeto de la concesión; II. Análisis de la demanda de uso e incidencia económica y social de la actividad o bien de que se trate en su área de influencia; III. Análisis de la rentabilidad de la actividad o bien objeto de la concesión; IV. Proyección económica de la inversión a realizarse, sistema de financiamiento de la misma y su recuperación; V. Que el uso o servicios que se pretenden realizar en los bienes concesionados beneficiarán a la población del Estado; y VI. La declaración de que el Estado no contraerá obligaciones que constituyan deuda pública directa. En la presentación de una propuesta en términos de este artículo, no aplica la afirmativa ficta. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 10 de marzo de 2009. Última reforma POGG Sin reforma
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.