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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl346/45
Ley
Reglamento para otorgar Concesiones del Estado de México
Artículo
45

Artículo 45 del Reglamento para otorgar Concesiones del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité te tiene que avisar si te ganaste la concesión directa en un plazo de cinco días hábiles después de que se decida. Días hábiles son los que no son sábado, domingo ni días festivos. Ese aviso es oficial y te lo dan por escrito.

Texto oficial

Artículo 45. El Comité notificará al particular el fallo de la adjudicación directa de la concesión dentro de los cinco días hábiles posteriores al mismo. Capítulo Décimo Primero. DEL OTORGAMIENTO DEL TÍTULO DE CONCESIÓN. GENERALIDADES

Ver texto oficial del Reglamento para otorgar Concesiones del Estado de México (pág. 11) ↗

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