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Ley
Reglamento de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México
Artículo
23

Artículo 23 del Reglamento de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto tiene que trabajar junto con las asociaciones deportivas del estado para ayudarles y aconsejarles cuando hagan sus planes de trabajo o cualquier otro programa especial. Esto significa que el Instituto no va a hacer el trabajo por ellas, sino que les echa la mano con lo que necesiten, como un compañero que te orienta.

Texto oficial

Artículo 23. El Instituto deberá coordinarse con las asociaciones deportivas de la Entidad con la finalidad de otorgar colaboración y asesoría en la elaboración de sus programas de trabajo o de cualquier otro de naturaleza especifica.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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