Artículo 3 del Reglamento de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Consejo Estatal tiene que reunirse por lo menos dos veces al año de forma normal, empezando a contar desde que se publicó este Reglamento. Si hace falta, también pueden juntarse más veces cuando sea necesario, en sesiones especiales. Esto aplica a partir del momento en que la regla se dio a conocer.
Texto oficial
Artículo 3. El Consejo Estatal deberá sesionar al menos dos veces al ano de manera ordinaria, contando a partir de la publicación del presente Reglamento y las veces necesarias de maneras extraordinaria.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.