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Artículo 46 del Reglamento de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Vocales del Comité son las personas que forman parte de este grupo y tienen varias tareas. Deben ir a todas las juntas del Comité, ya sean las normales o las especiales. También dan su opinión sobre si está bien darle dinero o premios a deportistas, entrenadores o equipos que los pidan. Además, tienen que firmar los acuerdos que el Comité tome, y hacer cualquier trabajo especial que el Comité les encargue. Básicamente, son como los miembros activos que asisten, opinan, firman y cumplen con lo que se les pida.

Texto oficial

Artículo 46. Son funciones de los Vocales del Comité: I. Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias el Comité; II. Opinar sobre la pertinencia de otorgar los apoyos y estímulos solicitados por deportistas, entrenadores y organizaciones deportivas; III. Suscribir los acuerdos emitidos por el Comité; y IV. Desempeñar las comisiones que el Comité le confiera. CAPÍTULO TERCERO DEL OTORGAMIENTO DE APOYOS Y ESTÍMULOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

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