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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl42/21
Ley
Reglamento de la Ley de Fomento Ganadero del Estado de México
Artículo
21

Artículo 21 del Reglamento de la Ley de Fomento Ganadero del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La guía de tránsito es un permiso que solo te pertenece a ti y no puedes prestarlo ni dárselo a otra persona. Es como tu credencial o identificación para ciertos trámites viales. Si alguien más intenta usarlo, no vale legalmente. Por eso, cuídalo como si fuera tuyo, porque es tuyo y de nadie más.

Texto oficial

Artículo 21.- La guía de tránsito es un documento personal e intransferible.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Fomento Ganadero del Estado de México (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.