Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl42/26
- Ley
- Reglamento de la Ley de Fomento Ganadero del Estado de México
- Artículo
- 26
Artículo 26 del Reglamento de la Ley de Fomento Ganadero del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si vas a mover ganado usando dos o más camiones o vehículos de transporte, cada uno debe tener su propio permiso por separado. No vale que uses un solo documento para todos los vehículos. La guía de tránsito es un papel oficial que te permite llevar los animales de un lugar a otro.
Texto oficial
Artículo 26.- La movilización de ganado en dos o más unidades de transporte, requerirá guías de tránsito por separado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.