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Artículo 19 del Reglamento de la Ley de Parques Estatales y Municipales del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los parques están a cargo de un grupo llamado Patronato o de una persona llamada Administrador, como lo marca la ley. Estos se encargan de cuidar y manejar el parque, pero siempre tienen que trabajar de la mano con la Comisión Estatal de Parques Naturales y de la Fauna. El Patronato es como un comité de personas que toman decisiones, y el Administrador es alguien que se encarga directamente de las operaciones diarias. Ambos deben coordinarse con esa comisión para que todo esté en orden.

Texto oficial

Artículo 19.-Los Parques serán administrados por Patronatos o por Administradores, según lo disponen el Artículo 27 de la Ley y este Reglamento, los que coordinarán sus acciones con la Comisión Estatal de Parques Naturales y de la Fauna.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.