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Artículo 22 del Reglamento de la Ley de Parques Estatales y Municipales del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un parque abarca más de un municipio, los comités encargados de cuidarlo se forman con representantes de cada municipio, según cuánto terreno le toque a cada quien. Pero si el parque es muy grande o está complicado para la comunicación, se puede crear un comité separado para cada municipio, pero solo si una autoridad lo autoriza con un acuerdo oficial.

Texto oficial

Artículo 22.-Cuando el Parque rebase los límites de un Municipio, los Patronatos se integrarán con membresía proporcional al área que corresponda a cada uno de ellos. Sin embargo, teniendo en cuenta las comunicaciones y dimensión del Parque, podrá integrarse un Patronato por cada Municipio, mediante el Acuerdo de la Autoridad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.