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Ley
Reglamento de la Ley de Parques Estatales y Municipales del Estado de México
Artículo
28

Artículo 28 del Reglamento de la Ley de Parques Estatales y Municipales del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien te da algo para que lo cuides, tú te haces responsable de eso mientras dure el encargo. Si cambian los directivos del Patronato (los que están a cargo), los nuevos tienen que recibir todo lo que se les confió, pero antes deben hacer un inventario para checar que todo esté en orden.

Texto oficial

Artículo 28.-Los bienes entregados a custodia del Patronato, quedarán a su cuidado por el tiempo del ejercicio del encargo. Al realizarse el cambio de Directiva del Patronato, deberán entregarse a los nombrados, previo inventario.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Parques Estatales y Municipales del Estado de México (pág. 5) ↗

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