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Artículo 32 del Reglamento de la Ley de Parques Estatales y Municipales del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los grupos de personas que administran los Parques deben ayudarse entre ellos siempre. También tienen que compartir información y la experiencia que van ganando, para que todos hagan mejor su trabajo.

Texto oficial

Artículo 32.-Los Patronatos de los diversos Parques, se prestarán, entre sí, permanente colaboración e Intercambiarán en forma recíproca datos y experiencias para el mejor cumplimiento de su cometido. CAPITULO V DISPOSICIONES GENERALES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.