Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 34 del Reglamento de la Ley de Parques Estatales y Municipales del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Patronatos (grupos de personas que cuidan los parques) pueden proponerle a los Ayuntamientos (gobiernos municipales) que, cuando hagan sus reglamentos locales llamados Bandos de Gobierno, agreguen reglas para que los parques funcionen mejor.

Texto oficial

Artículo 34.-Los Patronatos podrán sugerir a los H. Ayuntamientos que, al expedir sus Bandos de Gobierno, se incluyan disposiciones relativas al mejor funcionamiento de los Parques.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.