Artículo 5 del Reglamento de la Ley de Parques Estatales y Municipales del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Toda la lana que se gane con actividades que generen dinero dentro de los parques (como rentar espacios, vender comida o cobrar entrada) se va a usar exclusivamente para mantener y mejorar el mismo parque, como arreglar sus áreas y construcciones. Si sobra dinero después de esos gastos, ese dinero extra se usará para ayudar a los niños de los municipios donde está el parque, a través del Sistema DIF (que es la institución que apoya a las familias). Es como si el parque generara su propio gasto de mantenimiento y, si le queda, apoya a la niñez de la zona. No se puede usar esa lana para otra cosa que no sea lo que dice la ley.
Texto oficial
Artículo 5.-Todas las Percepciones que por servicios o actividades lucrativas se obtengan en los Parques, serán invertidos en su propia conservación y ampliación de sus áreas e instalaciones y los remanentes se utilizarán para el fomento del bienestar de la niñez de los Municipios correspondientes, a través del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.