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Artículo 23 del Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el nuevo gobierno del Estado de México empiece su trabajo, el Gobernador tiene máximo 45 días para organizar pláticas con la gente (foros de consulta) para que todos puedan decir qué necesita el estado. En esas pláticas también participan el Congreso y los jueces. La idea es escuchar tus ideas y problemas para incluirlos en el plan de desarrollo del estado. Después, cuando ya se estén haciendo las cosas, el Congreso y los jueces pueden dar su opinión sobre si los programas están funcionando bien o no.

Texto oficial

Artículo 23.- En la etapa de formulación e integración del Plan de Desarrollo del Estado de México, el Ejecutivo, convocará con la participación de los Poderes Legislativo y Judicial a más tardar dentro de los primeros 45 días de iniciado el período constitucional de Gobierno, los foros de consulta popular u otros mecanismos de participación social definidos en el presente Reglamento para analizar los temas y prioridades del desarrollo estatal, a efecto de captar las demandas sociales e integrarlas al plan. Por lo que toca a la fase de ejecución y evaluación de las políticas y acciones gubernamentales, dichos Poderes, podrán opinar sobre los logros y alcances de los programas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.