Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 27 del Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Plan de Desarrollo del Estado de México es como el mapa que guía todo lo que el gobierno va a hacer. Ahí se escriben de manera clara las metas, las estrategias y las acciones más importantes en lo económico, político y social, todo para mejorar la vida de la gente y que el desarrollo sea sustentable (que dure y cuide los recursos). También sirve para que tanto el gobierno como la sociedad trabajen juntos hacia ese mismo objetivo. Para armarlo, se toman en cuenta las ideas y propuestas de diferentes grupos de personas, siempre usando los mecanismos de participación que ya están definidos en el reglamento correspondiente.

Texto oficial

Artículo 27.- El Plan de Desarrollo del Estado de México, es el instrumento rector de la Planeación Estatal y en él, deberán quedar expresadas claramente las prioridades, objetivos, estrategias y líneas generales de acción en materia económica, política y social para promover y fomentar el desarrollo integral sustentable y el mejoramiento en la calidad de vida de la población y orientar la acción de gobierno y de la sociedad hacia ese fin. En su elaboración e integración quedarán incluidas, previa valoración, las propuestas planteadas por los distintos grupos sociales a través de los mecanismos e instrumentos de participación social definidos en el presente Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.