Artículo 29 del Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se hace el Plan de Desarrollo del Estado de México, se deben mezclar ideas para el futuro lejano (a largo plazo) con otras para un futuro más cercano (a mediano plazo), así el gobierno no pierde el rumbo aunque cambien los gobernantes. Este plan debe incluir propuestas para resolver los problemas de la gente y decir qué metas quiere cumplir al final de los 6 años de gobierno. También tiene que marcar objetivos intermedios que se espera alcanzar a la mitad de ese tiempo, como a los 3 años. Esto ayuda a que el gobierno vaya viendo si va por buen camino.
Texto oficial
Artículo 29.- En la elaboración e integración del Plan de Desarrollo del Estado de México, se deberá conjuntar una visión de largo plazo con otra de mediano, para propiciar la continuidad de esfuerzos en la acción gubernamental. El Plan deberá contener propuestas estratégicas que consideren la atención a los problemas y necesidades de la sociedad e indicar los objetivos que pretendan lograrse hacia el final de los seis años del período del gobierno respectivo así como la definición de aquellos objetivos intermedios que se espera lograr hacia la mitad de dicho período.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.