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Artículo 48 del Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 48 fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice "derogado", significa que ese artículo ya no tiene validez y no se aplica. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no existe legalmente. Solo queda como un registro histórico en el reglamento oficial.

Texto oficial

Artículo 48.- Derogado. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 16 de octubre de 2002. Última reforma POGG 04 de agosto de 2017 REGLAMENTO DE LA LEY DE PLANEACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 21

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.