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Artículo 74 del Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada tres meses, las oficinas del gobierno que coordinan los recursos van a revisar qué tanto está avanzando cada dependencia y entidad en las actividades que prometieron hacer durante el año. Esa revisión se basa en los resultados concretos, tanto en cantidad como en calidad, usando un sistema especial que mide el desempeño y el presupuesto por programas. Además, deben reportar cómo le fue a cada meta con los indicadores que se habían fijado para medir el avance. En pocas palabras, es como si cada tres meses checaran si las dependencias cumplieron lo que dijeron que harían con el dinero que les dieron.

Texto oficial

Artículo 74.- El Programa Anual de actividades autorizado a cada dependencia y entidad, vinculado al presupuesto por programas, será evaluado trimestralmente por las dependencias globalizadoras en función de sus resultados y avances cuantitativos y cualitativos, a través del Sistema Integral de Evaluación del Desempeño y de Presupuesto por Programas, haciendo referencia de los resultados obtenidos en las metas comprometidas a través de los indicadores asociados a ellos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.