Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl44/87
Ley
Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios
Artículo
87

Artículo 87 del Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 87 dice que el COPLADEMUN (que es un comité de planeación del municipio) es el encargado de jalar a la gente, empresas y grupos de la sociedad para que ayuden a decidir, hacer y echar a andar proyectos y obras públicas, como parte de los planes de desarrollo del municipio. Además, cuando se trate de programas que abarquen a varios municipios o regiones, el presidente del COPLADEMUN será el que haga el enlace con el gobierno federal, el estatal y con los otros municipios involucrados. Así el municipio puede coordinarse y trabajar en equipo con ellos.

Texto oficial

Artículo 87.- En la elaboración de los programas sectoriales, microregionales, especiales y comunitarios que se deriven de los planes municipales de desarrollo, el COPLADEMUN será el órgano encargado de promover y coordinar la participación de los diferentes sectores de la sociedad en la definición, instrumentación y ejecución de obras y acciones. En el caso de los programas regionales a que hace referencia la Ley y el presente Reglamento, el COPLADEMUN, por conducto de su Presidente, vía el COPLADEM, será el vínculo a través del cual, el municipio establezca la coordinación con los gobiernos federal y estatal, así como con los municipios que participen en el programa. CAPITULO SEPTIMO DE LAS FUNCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios (pág. 29) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.