Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl445/24
Ley
Reglamento del Título Décimo del Libro Primero del Código Administrativo del Estado de México, “Del Testigo Social”
Artículo
24

Artículo 24 del Reglamento del Título Décimo del Libro Primero del Código Administrativo del Estado de México, “Del Testigo Social”

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Testimonio (el documento oficial que vale como copia de una escritura) debe escribirse en español, con letra que se entienda bien y usando palabras claras. No puedes usar abreviaturas como "kg" o símbolos como "$", y tienes que escribir las cantidades tanto en número como con letra (por ejemplo, "100 pesos" y "cien pesos"). Esto es para que no haya confusiones y cualquiera pueda leerlo sin problemas.

Texto oficial

Artículo 24.- El Testimonio se redactará en idioma español, con letra legible, empleando una redacción sencilla, sin utilizar abreviaturas o símbolos, anotando las cantidades con número y letra.

Ver texto oficial del Reglamento del Título Décimo del Libro Primero del Código Administrativo del Estado de México, “Del Testigo Social” (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.