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Artículo 105 del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te multen por violar el Código Administrativo o este Reglamento, la autoridad debe tomar en cuenta tu situación antes de decidir cuánto te toca pagar. Van a revisar qué tan grave fue lo que hiciste, si ya habías cometido infracciones antes, tu situación económica, si eres reincidente (es decir, si vuelves a cometer la misma falta) y cuánto dinero ganaste o dañaste con tu acción. Todo esto lo consideran para que la multa sea justa según tu caso.

Texto oficial

Artículo 105. Cuando se impongan sanciones por infracciones a las disposiciones del Código Administrativo y al presente Reglamento, al momento de emitir la resolución, se considerarán las circunstancias siguientes: I. La gravedad de la infracción en que se incurra. II. Los antecedentes del infractor. III. Las condiciones socio-económicas del infractor. IV. La reincidencia, en su caso. V. El monto del beneficio, daño o perjuicio económico derivado de la infracción de obligaciones, si lo hubiere.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.