- Ley
- Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México
- Artículo
- 108
Artículo 108 del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te metes en un problema por no cumplir con las reglas de este reglamento, las autoridades te pueden multar o castigar. Pero eso no significa que ahí termine el asunto: aparte de ese castigo, también te pueden investigar y sancionar por otras leyes, como las administrativas, las civiles o incluso las penales. En corto, te pueden caer varios tipos de consecuencias al mismo tiempo por lo que hiciste.
Texto oficial
Artículo 108. La imposición de sanciones se hará sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad en términos de la legislación administrativa, civil y/o penal en que haya incurrido el infractor. TÍTULO DÉCIMO DEL PREMIO ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.