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Ley
Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México
Artículo
14

Artículo 14 del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Estatal (un grupo de personas encargadas de tomar decisiones importantes en protección civil) va a revisar el plan estatal de protección civil, y si está bien, lo va a aprobar. Después ordenará que lo publiquen en el periódico oficial del gobierno, que se llama “Gaceta del Gobierno”. También tiene que promover que la gente lo conozca en todo el estado, para que todos sepan qué hacer en caso de emergencias.

Texto oficial

Artículo 14. El Consejo Estatal analizará y aprobará en su caso el Programa Estatal de Protección Civil y ordenará su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, promoviendo su difusión en la Entidad.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México (pág. 11) ↗

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