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Ley
Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México
Artículo
16

Artículo 16 del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En cada municipio del estado se va a crear un Sistema de Protección Civil, que es como un equipo organizado para ayudar en emergencias. Este sistema está formado por: el Presidente Municipal, que coordina todo; el Consejo Municipal, que son las personas que toman decisiones; las unidades internas, que son los grupos dentro del gobierno local encargados de proteger a la gente; y los grupos voluntarios, o sea, ciudadanos comunes que se ofrecen para ayudar en desastres.

Texto oficial

Artículo 16. En cada uno de los municipios del Estado se establecerán Sistemas de Protección Civil, que se integrarán por: I. El Presidente Municipal. II. El Consejo Municipal. III. Las unidades internas. IV. Los grupos voluntarios.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México (pág. 12) ↗

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